El Consejo de Ministros da luz verde al nuevo Real Decreto UAS
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El Consejo de Ministros da luz verde al nuevo Real Decreto UAS

El marco normativo entrará en vigor 20 días después de su publicación en el BOE
AESA Nuevo RD UAS
Créditos: AESA
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El Consejo de Ministros, en su reunión de hoy, martes 4 de junio, ha aprobado un Real Decreto por el que se desarrolla el régimen jurídico para la utilización de sistemas de aeronaves no tripuladas o UAS. Esta decisión aporta estabilidad y seguridad jurídica al sector de los drones en España, complementando con esta regulación el Reglamento Delegado (UE) 2019/945 y el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/947, derogando, además, el Real Decreto 1036/207 que regulaba hasta el momento la utilización civil de estas aeronaves.

Según la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), el nuevo marco normativo entrará en vigor veinte días después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Las principales novedades incluidas en el documento se encuentran en cambios y regulaciones dentro de las operaciones EASA, la creación de una nueva zonificación de UAS, el desarrollo del marco normativo para U-Space y la aplicación del régimen jurídico a las operaciones No EASA.

Cambios en las operaciones EASA

Dentro de las operaciones EASA, es decir, aquellas desarrolladas para actividades o servicios incluidos en el ámbito de aplicación del Reglamento de Ejecución y el Reglamento Delegado, el nuevo Real Decreto introduce la regulación de la formación en categoría específica autorizada, modificando la regulación de las Entidades designadas y creando las figuras de instructor, examinador y evaluador; exenciones de seguros obligatorios de responsabilidad civil en categoría abierta; y reducción de la edad mínima de pilotos a distancia para operaciones de categoría abierta, que pasa a 14 o 12 años según la subcategoría y la aeronave utilizada.

Cambios en las operaciones No EASA Civiles

El nuevo Real Decreto establece el régimen jurídico aplicable a las operaciones No EASA civiles, es decir, aquellas actividades o servicios de aduanas, policía, búsqueda y salvamento, lucha contra incendios, control fronterizo, vigilancia costera o similares, excluidos del ámbito de aplicación de la regulación de la Unión Europea.

Para ello, se dispone el marco EASA, eliminando requisitos como la limitación operacional con UAS de hasta 25 kilogramos. De esta forma, se podrán realizar operaciones en categoría específica autorizada, siempre y cuando se disponga de una evaluación de riesgos en base a la metodología SORA y se apliquen las correspondientes medidas de mitigación. Adicionalmente, se implanta un esquema de formación específico y la creación de “entidades facultadas” para la formación en escenarios estándar nacionales (STS-ES).

Dentro de este ámbito, el nuevo Real Decreto trae, además, una diferenciación entre operaciones realizadas directamente por un organismo investido de autoridad pública, o las realizadas por un operador de UAS en nombre de éste.

Nuevas normas de zonificación

Con la actualización normativa en relación a la zonificación se establecen requisitos y limitaciones aplicables al uso de UAS con un esquema más ajustado al nuevo entorno regulatorio europeo. Entre los cambios efectuados destacan la finalización de la distinción entre actividades recreativas y profesionales, así como sus requisitos concretos de zonificación; el establecimiento de una normativa unificada, adaptada a las necesidades de operaciones No EASA; la eliminación de la necesidad de coordinar operaciones UAS en espacio aéreo controlado, siempre que esté fuera del entorno de aeródromos y helipuertos y no supere la altura máxima de 60 metros; el establecimiento de zonas generales y de un marco para la creación de zonas particulares por motivos de seguridad operacional, pública, privacidad y protección del medio ambiente; la creación de un marco para la publicación digital única de las zonas geográficas UAS; y la modificación del Real Decreto 1919/2009, relativo a las demostraciones aéreas.

Marco normativo para el U-Space

La nueva norma contempla el régimen jurídico del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/664 sobre un marco regulador para el U-Space, en materia de organización y competencias. La Comisión Interministerial de Defensa y Transportes (Cidetra) es la responsable de la designación del espacio aéreo como U-Space. Por otro lado, el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible es el responsable de la designación de todos los espacios aéreos y U-Space de responsabilidad española del proveedor de servicio de información común (CISP) único certificado.

AESA será la autoridad competente para resolver la expedición, modificación, revocación, suspensión o limitación de los certificados CISP y USSP, así como para la supervisión de dichos proveedores.



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