La Dirección General de Aeronáutica Civil de Chile (DGAC) ha anunciado que prohibirá las operaciones comerciales con drones a las empresas que no poseen el certificado operador aéreo (AOC), “lo que garantiza las óptimas condiciones de operación, gestión y seguridad de los vuelos, bajo estrictos estándares internacionales”, explican desde la DGAC.
La DGAC, a través de la normativa aeronáutica DAN 119, ha establecido la obligatoriedad para todos los operadores que realicen trabajos comerciales con RPAS, como inspección de redes eléctricas, fumigación, servicios topográficos u otros. Los que incursionen en el área de trabajos aéreos, deberán constituirse como empresa aérea y, por lo tanto, contar con un AOC.
En agosto 2020, la empresa Ecodrones se convirtió en la primera compañía chilena en AOC otorgado por la DGAC. “Para nosotros es de suma importancia que se establezcan normas con estándares de calidad para la prestación de este tipo de servicios. De hecho, hemos sido los precursores de impulsar estándares aeronáuticos en la industria RPAS en nuestro país”, ha explicado el gerente general de Ecodrones, Ricardo Díaz.
Por otro lado, la DGAC ha anunciado también la suspensión de la entrega de autorizaciones de operación para aquellas empresas, personas o entidades, que deseen realizar trabajos aéreos comerciales y no cuenten con AOC.
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