Este viernes ha sido aprobado en Consejo de Ministros el Real Decreto (RD) de octubre de 2016 por el que se regula la utilización civil de las aeronaves pilotadas por control remoto. El Ministerio de Fomento ha destacado que la nueva regulación, que desarrolla y amplía la norma 18/2014 para el uso de vehículos aéreos no tripulados (UAV), "facilitará un mayor desarrollo de este sector emergente que ha creado en España casi tres mil empresas en tres años".
La nueva ley amplía los escenarios para el uso profesional de UAV y establece límites al uso recreativo de estas aeronaves. Los profesionales podrán sobrevolar inmediaciones de edificios, reuniones de personas al aire libre y realizar vuelos nocturnos. También se permiten operaciones en espacio aéreo controlado, aunque en este caso se precisarán requisitos de formación del personal y de los equipos, así como un estudio de seguridad coordinado con el proveedor de servicios de tránsito aéreo. Todo con la autorización previa de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA).
Obligatorio comunicar a Interior las operaciones sobre zonas urbanas
Además, para garantizar la seguridad pública, el nuevo RD establece que deberá comunicarse previamente al Ministerio del Interior la ejecución de operaciones sobre aglomeraciones y zonas urbanas, pudiendo las autoridades competentes en la materia limitar las operaciones.
El sobrevuelo de zonas urbanas está entre los permisos más demandados por el sector. Como informó Infodron.es, la falta de una regulación adaptada al crecimiento de las aplicaciones profesionales de estos sistemas, ha obligado a muchas empresas a negar servicios cada vez más demandados. A partir de ahora tendrán más margen de maniobra.
La nueva norma, explicó este diario en noviembre del año pasado, dice en su artículo 21, dedicado a las condiciones de utilización del espacio aéreo, que podrán realizarse "operaciones aéreas especializadas sobre aglomeraciones de edificios en ciudades, pueblos o lugares habitados o reuniones de personas al aire libre, en espacio aéreo no controlado y fuera de una zona de información de vuelo (FIZ)".
Estos vuelos podrán realizarlos los RPAS "cuya masa máxima al despegue no exceda de 10 kilos, dentro del alcance visual del piloto (VLOS), a una distancia horizontal máxima del piloto de 100 metros y a una altura máxima sobre el terreno no mayor de 400 pies (120 metros) sobre el obstáculo más alto situado dentro de un radio de 600 metros desde la aeronave".
Plan estratégico para 2018
El pasado octubre, el ministro de Fomento, Íñigo de la Serna, anunció en sesión de control en el Congreso que, además de la aprobación de este RD, el Ministerio se comprometía a "en el primer trimestre de 2018, presentar un plan estratégico para el desarrollo del sector de los drones en España, que trate de identificar las actuaciones que permitan un desarrollo ordenado del sector".
De la Serna afirmó que la nueva normativa persigue un triple objetivo: "Extender la utilización de los drones, aumentar las garantías de seguridad tanto para las personas como para los bienes en la utilización de estas aeronaves y facilitar el desarrollo de una actividad económica que tiene mucho futuro en nuestro país". El ministro aseguró que el plan estratégico que presentará en 2018 irá dirigido a marcar las actuaciones para un desarrollo ordenado del sector, que garantice su crecimiento y estabilidad.
Foto: Consejo de Ministros 15 de diciembre de 2017. La Moncloa