Un juez anula una multa de 13.000 euros por sobrevuelo de aglomeraciones
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Un juez anula una multa de 13.000 euros por sobrevuelo de aglomeraciones

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La semana pasada, una sentencia del Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo Nº 1 invalidaba la sanción de 13.000 euros impuesta por la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) a un operador de drones. La agencia le atribuía las infracciones de sobrevolar una aglomeración de personas y realizar vuelos nocturnos, incumpliendo así los requisitos para la realización de grabaciones audiovisuales desde el aire.

El juez fundamentó su decisión en que las pruebas obtenidas por la agencia regulatoria, a partir del visionado de vídeos y capturas de pantalla, son insuficientes para justificar la sanción. En concreto, la sentencia, a la que ha tenido acceso INFODRON.ES, expone que "para adquirir certeza probatoria, el visionado de tales videos y capturas de pantalla debería como mínimo ser objeto de certificación por funcionario habilitado con facultades certificantes, y que contuviera referencia de los equipos usados para realizar las capturas de imagen, PC y software utilizado para el tratamiento de datos, incorporando las certificaciones técnicas sobre su verificación que acreditasen que se encontraban en perfectas condiciones de funcionamiento, fechas de captura de los enlaces y pantallazos, contenido y conservación de la información, así como de los procedimientos técnicos que garanticen la fiabilidad y autenticidad de las capturas”, y considera que “la petición de pruebas relativas a los aspectos expresados no se puede considerar superflua o ajena al contenido del expediente y debió ser admitida por resultar relevante para poder constituir la prueba de cargo del expediente sancionador".

Una sentencia pionera

El abogado Jaime Rodríguez Díez, que ha conseguido la anulación de la sanción de 13.000 euros, explicó a INFODRON.ES que esta sentencia es de las primeras que se dictan en España sobre sanciones a operadores de drones, y es la primera vez que se invalidan las capturas de pantalla como prueba.

Desde enero de este año, Díez afirmó haber conocido más de 100 casos por sanciones de este tipo. Pero muchos operadores, explicó, prefieren pagar las sanciones, que suelen estar entre los 7.000 y los 10.000 euros, en lugar de recurrir ante los tribunales.

Regulación sobre el uso de drones

Según la Ley 18/2014, de 15 de octubre, conocida como Regulación Transitoria de los RPAS, no está permitido el uso de drones sobre ciudades y aglomeraciones de personas al aire libre. En una entrevista publicada por Perfiles IDS en mayo del año pasado, la directora de AESA, Isabel Maestre, reveló que pasados 20 meses desde la aplicación de la norma, la agencia había registrado 35 expedientes sancionadores. A día de hoy la agencia registra un total de 2.420 operadores habilitados, hace un año eran 1.000 menos.

AESA explicó a INFODRON.ES que, de cara a poner en marcha expedientes sancionadores, existe un protocolo de colaboración con el Ministerio del Interior, y cuando les llega una denuncia con un vídeo la remiten y el Ministerio la trata.

Desde  la entrada en vigor de la Ley 18/2014, AESA ha abierto un total de 116 expedientes sancionadores, de los cuales ya han salido 99 sanciones por un importe de más de 530.000 euros. La más alta por un importe de 14.500 euros y la más baja de 300 euros. La mayoría, asegura la agencia, son sanciones por sobrevuelo de zonas no permitidas a operadores no habilitados o que no cumplen los requisitos relativos a la aeronave.

Cambios en la Ley

Está pendiente de aprobación el Real Decreto de octubre de 2016, que modificaría la Ley anterior permitiendo sobrevolar áreas urbanas y reuniones al aire libre a los drones que no superen los diez kilogramos, así como realizar operaciones nocturnas en determinados espacios aéreos controlados. En cualquier caso, será necesario que las empresas operadoras presenten un estudio a AESA para conseguir el permiso. Sobre la nueva normativa, la agencia lamentó que no avance con más rapidez.

Mientras tanto, aunque no todo ciudadano que use un dron tiene que acreditarse como piloto, sí está limitado por los requisitos de vuelo que recoge la ley de 2014. En el ámbito civil, AESA destacó que las prohibiciones tratan de garantizar la protección de la privacidad que tan comprometida se está viendo con el uso no profesional de drones.

Foto: Copac.



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